Todo lo que un dueño de mype o contador necesita saber sobre la GRE: qué es, quiénes están obligados, cómo emitirla y qué pasa si trasladas mercadería sin ella.
La Guía de Remisión Electrónica (GRE) es el documento que sustenta el traslado de bienes desde un punto de partida hasta un punto de llegada. Es obligatoria para trasladar mercadería en el territorio peruano y se emite a través de SUNAT, ya sea desde el Portal SUNAT con Clave SOL, la APP Emprender SUNAT, o desde los sistemas propios del contribuyente (para negocios que emiten un volumen alto de guías al día).
A diferencia de la factura o boleta, que sustentan la operación comercial (venta, compra, consignación, etc.), la GRE sustenta el movimiento físico de los bienes: de dónde salen, hacia dónde van, qué se traslada, quién lo traslada y en qué vehículo. Por eso una misma venta con entrega puede requerir factura y GRE al mismo tiempo.
💡 Regla práctica: si tus bienes se mueven de un lugar a otro (venta con entrega, traslado entre almacenes, consignación, exportación, etc.), necesitas sustentar ese traslado con una GRE válida.
La obligación de emitir GRE está plenamente vigente y aplica según el rol en el traslado: el remitente (dueño o poseedor de los bienes que origina el traslado) y el transportista (quien presta el servicio de transporte, en los casos que corresponda).
Lo que SUNAT ha prorrogado es únicamente la facultad discrecional de no sancionar ciertas infracciones vinculadas a la GRE, mediante la R.S.N.A.T.I. N.° 000031-2026-SUNAT/700000 (28/06/2026). Para el remitente, las sanciones vuelven a aplicar desde el 1 de setiembre de 2026; para el transportista, desde el 1 de marzo de 2027.
Revisa el cronograma completo y las excepciones (azúcar, alcohol etílico y arroz pilado no tienen prórroga) en obligados y multas.
| GRE Remitente | GRE Transportista | |
|---|---|---|
| ¿Quién la emite? | El dueño o poseedor de los bienes | La empresa o persona que presta el servicio de transporte |
| ¿Qué sustenta? | El origen y motivo del traslado de los bienes | El servicio de transporte prestado |
| ¿Cuándo aplica? | Siempre que hay traslado de bienes propios o de terceros bajo su cargo | Cuando el transporte lo realiza un tercero (transporte público) o vehículo propio en casos que corresponda |
| Datos clave | Destinatario, punto de partida/llegada, motivo, bienes | Vehículo, conductor, licencia, datos del remitente |
Revisa el detalle en las páginas de GRE Remitente y GRE Transportista.
Pros: gratis, no requiere sistema propio, ideal para pocas guías al día.
Contras: emisión manual, más lenta si trasladas volúmenes altos.
Pros: emisión desde el celular, útil en campo o para negocios pequeños.
Contras: pensada para bajo volumen, no automatiza envío al conductor.
Pros: permite emitir muchas guías rápido, integración con tu operación.
Contras: requiere desarrollo o un proveedor, mayor complejidad inicial.
Aprende el paso a paso completo en cómo emitir la GRE en el Portal SUNAT.
Trasladar bienes sin una GRE válida es una infracción del artículo 174 del Código Tributario. Al remitente se le aplica el comiso de los bienes (numeral 8) o multa de recuperación; al transportista, el internamiento temporal del vehículo (numeral 4), con multa sustitutoria de hasta 3 UIT (S/ 16,500 con la UIT 2026).
Revisa la tabla completa de sanciones y el cronograma en obligados y multas.
Cómo emitir la GRE en SUNAT
Tutorial paso a paso desde el Portal Clave SOL, con errores comunes y su solución.
GRE Remitente
Qué es, quién la emite, datos obligatorios y casos típicos.
GRE Transportista
Diferencias con la GRE remitente, transporte público vs privado.
Obligados y multas
Quiénes están obligados, cronograma y sanciones por incumplimiento.
Preguntas frecuentes
Dudas reales resueltas: exceptuados, contingencia, transporte privado vs público y más.
Formato de guía de remisión (PDF)
Genera un formato referencial gratis con tabla de bienes editable.
Es el comprobante que sustenta el traslado de bienes de un punto a otro. Es obligatoria y se emite a través de SUNAT: Portal Clave SOL, APP Emprender SUNAT o los sistemas del propio contribuyente. Sin ella, el traslado no tiene sustento válido.
La obligación aplica a todo remitente y transportista que traslade bienes por cualquier motivo (venta, traslado entre almacenes, consignación, importación, exportación, etc.). La obligación está plenamente vigente; SUNAT solo ha prorrogado la facultad discrecional de no sancionar ciertas infracciones (R.S.N.A.T.I. 000031-2026-SUNAT/700000).
La GRE-Remitente la emite el dueño o poseedor de los bienes al inicio del traslado. La GRE-Transportista la emite la empresa de transporte cuando el servicio se contrata a un tercero (transporte público). En transporte privado con vehículo propio del remitente, se emite solo la GRE-Remitente.
Puedes emitirla desde el Portal SUNAT con Clave SOL, desde la APP Emprender SUNAT (para volúmenes bajos) o desde tus propios sistemas informáticos si emites muchas guías al día. Cada opción tiene ventajas y límites distintos.
Es una infracción del artículo 174 del Código Tributario. Al remitente le puede aplicar el comiso de los bienes (numeral 8) y al transportista el internamiento temporal del vehículo (numeral 4), además de multas.
No. La guía de remisión sustenta el traslado físico de los bienes; la factura o boleta sustenta la operación de venta. Es común emitir ambas para una misma operación cuando hay entrega de mercadería.
Sí. El traslado entre establecimientos de un mismo contribuyente también requiere GRE, indicando como motivo "traslado entre establecimientos de la misma empresa".
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