Calcula la retención del 8%, tu neto a cobrar y el impuesto a la renta anual estimado de tus honorarios profesionales. Actualizado con UIT 2026 = S/ 5,350. 100% gratis.
Ingresa el monto total del honorario del recibo a emitir
Si el que paga es una empresa, entidad o negocio (agente de retención), actúa como agente de retención del 8%. Si es una persona natural sin negocio, no retiene.
Regla de retención del 8%:
El recibo por honorarios es el comprobante de pago que emiten los trabajadores independientes —también llamados de cuarta categoría— cuando prestan servicios profesionales o técnicos sin relación de dependencia laboral. En Perú, desde 2018 es obligatorio emitirlo de forma electrónica a través del portal SOL de SUNAT.
Lo emiten profesionales como médicos, abogados, contadores, ingenieros, consultores, diseñadores, psicólogos y, en general, toda persona que ejerza un oficio, arte o profesión de manera independiente y perciba ingresos por ello.
Dato clave: A diferencia del trabajador en planilla (quinta categoría), el trabajador independiente (cuarta categoría) no tiene empleador, no recibe beneficios sociales como CTS o gratificación, y es responsable de sus propias contribuciones al sistema de salud y pensiones.
| Concepto | 4ta Categoría (Honorarios) | 5ta Categoría (Planilla) |
|---|---|---|
| Relación laboral | Independiente, sin subordinación | Dependiente, bajo órdenes del empleador |
| Comprobante | Recibo por Honorarios Electrónico | Boleta de pago |
| Retención IR | 8% si supera S/ 1,500 (agente de retención) | El empleador retiene mensualmente |
| Deducción IR | 20% de renta bruta + 7 UIT | 7 UIT (sin deducción del 20%) |
| Beneficios sociales | No aplica (CTS, gratificación, vacaciones) | Sí aplica todos los beneficios |
| Salud y pensiones | Voluntario (puede afiliarse de forma independiente) | Obligatorio (EsSalud + AFP/ONP) |
La retención del 8% sobre la renta de cuarta categoría la efectúa el agente de retención (empresa, entidad o negocio que te paga) al momento de pagarte el honorario. Estos son los casos:
0%
Sin retención
Honorario ≤ S/ 1,500
(independientemente del pagador)
0%
Sin retención
El pagador es persona natural
sin negocio (cualquier monto)
8%
Con retención
Honorario > S/ 1,500
y pagador es empresa o negocio
Ejemplo práctico:
Suspensión de retenciones: Si tus ingresos anuales proyectados no superarán 7 UIT (S/ 37,450 en 2026), puedes solicitar la suspensión de retenciones en SUNAT desde Clave SOL. Presenta la constancia al pagador para cobrar el 100% de tu honorario.
Desde 2018, todos los recibos por honorarios en Perú deben emitirse de forma electrónica. El proceso es sencillo:
Accede al portal de SUNAT
Ingresa a www.sunat.gob.pe y haz clic en "Operaciones en Línea (SOL)". Inicia sesión con tu RUC y Clave SOL.
Ve a Comprobantes Electrónicos
Selecciona "Comprobantes de Pago Electrónicos" y luego "Recibo por Honorarios".
Ingresa los datos del pagador
Escribe el RUC (si es empresa) o DNI (si es persona natural) de quien te paga. El sistema cargará automáticamente los datos.
Describe el servicio y el monto
Detalla el servicio prestado y el monto bruto del honorario. El sistema calculará automáticamente la retención del 8% si corresponde.
Emite y descarga el recibo
Confirma la emisión. Descarga el PDF y el XML. SUNAT enviará automáticamente el recibo al correo del pagador si está registrado.
Importante: Si aún no tienes RUC, debes inscribirte en SUNAT como persona natural con negocio. El trámite es gratuito y puede hacerse en línea o en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de SUNAT.
El PDT 616 es la declaración mensual de renta de cuarta categoría. Debes presentarla cuando tus ingresos mensuales superen cierto límite o cuando el total de retenciones del mes no cubra el pago a cuenta mensual.
¿Cuándo debes presentar el PDT 616?
¿Cuándo NO presentas el PDT 616?
Declaración Anual de Renta
Al finalizar el año, si tus ingresos anuales superaron las 7 UIT (S/ 37,450), debes presentar la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta. Allí se regulariza el impuesto: si pagaste de más (por retenciones o pagos a cuenta), SUNAT te devuelve; si pagaste de menos, pagas la diferencia.
Un recibo por honorarios es el comprobante de pago que emiten los trabajadores independientes (cuarta categoría) al prestar servicios profesionales o técnicos. Sustituye a la boleta de pago del trabajador dependiente y es emitido de forma electrónica a través del portal de SUNAT (SOL). Lo usan médicos, abogados, contadores, consultores, ingenieros, entre otros.
Deben emitir recibos por honorarios todos los trabajadores independientes que generen rentas de cuarta categoría, es decir, quienes ejercen una profesión, arte, ciencia u oficio de forma independiente, sin estar bajo relación de dependencia laboral. También los directores de empresas, síndicos y mandatarios que perciban dietas o comisiones.
La retención del 8% aplica cuando el que paga es una empresa o negocio (agente de retención) y el monto del honorario supera S/ 1,500 en el mes. Si el honorario es igual o menor a S/ 1,500, no hay retención. Tampoco hay retención si el pagador es una persona natural que no realiza actividad empresarial. En 2026 la tasa de retención es del 8% sobre el monto bruto del honorario.
Los trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría deben presentar pagos a cuenta mensuales mediante el PDT 616 – Trabajadores Independientes, si sus ingresos mensuales superan S/ 3,712 (70% de 1 UIT 2026 / 12 × coeficiente). Si tienen retenciones que cubren el impuesto, pueden estar exonerados del pago mensual. Al cierre del año deben presentar la declaración anual de IR.
Puedes solicitar la suspensión de retenciones si proyectas que tus ingresos anuales de cuarta categoría (o cuarta y quinta combinadas) no superarán las 7 UIT (S/ 37,450 en 2026). El trámite se realiza en línea desde el portal de SUNAT (SOL), en la opción "Suspensión de Retenciones". Una vez aprobada, presentas la constancia a tu empleador o cliente y no te retienen el 8%.
Para emitir un recibo por honorarios electrónico debes ingresar al portal de SUNAT (www.sunat.gob.pe) con tu clave SOL, ir a la opción "Comprobantes de Pago Electrónicos" y seleccionar "Recibo por Honorarios". Ingresas los datos del pagador (RUC o DNI), el concepto del servicio y el monto. El sistema calcula automáticamente la retención si corresponde. El recibo se genera en formato PDF y XML.
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