Calcula tu impuesto anual como trabajador independiente. Descubre si debes pagar, cuánto te devolverán, y si puedes solicitar la suspensión del 8% (Formulario 1609).
UIT 2026: S/ 5,350 · 7 UIT (deducción adicional): S/ 37,450 · Año fiscal: 1 enero – 31 diciembre 2026
Suma todos los recibos por honorarios emitidos en 2026
Si tus clientes te retuvieron 8%, ya tienes pagos a cuenta acumulados
La renta de 4ta categoría grava los ingresos obtenidos por el ejercicio independiente de una profesión, arte, ciencia u oficio. Si emites recibos por honorarios, eres contribuyente de 4ta categoría.
A diferencia de los trabajadores dependientes (5ta categoría), los independientes deben calcular y declarar su impuesto anualmente mediante la Declaración Jurada Anualpresentada entre marzo y abril del año siguiente.
💡 Dato clave 2026: UIT = S/ 5,350. Si tus ingresos anuales no superan S/ 46,812.50, no pagas impuesto y puedes pedir suspensión de retenciones.
1. Renta bruta = Total honorarios cobrados
2. Deducción 20% = Renta bruta × 20% (máx. S/ 128,400)
3. Renta neta 4ta = Renta bruta - Deducción 20%
4. Deducción 7 UIT = S/ 37,450
5. Renta neta imp. = Renta neta 4ta - S/ 37,450
6. Impuesto = Escala progresiva sobre renta neta imp.
7. Saldo a pagar = Impuesto - Pagos a cuenta (8%)
| Tramo de renta neta imponible | Tasa |
|---|---|
| Hasta 5 UIT (S/ 26,750) | 8% |
| De 5 a 20 UIT (S/ 107,000) | 14% |
| De 20 a 35 UIT (S/ 187,250) | 17% |
| De 35 a 45 UIT (S/ 240,750) | 20% |
| Más de 45 UIT | 30% |
Si proyectas que no pagarás impuesto a la renta ese año, puedes solicitar la suspensión de retenciones en SUNAT Virtual. Esto hace que tus clientes no te descuenten el 8% en cada recibo.
¿Cuándo puedo pedirla?
⚠️ Importante: Si solicitas suspensión pero al final del año sí generas impuesto, deberás pagar todo junto en la DJ Anual más los intereses correspondientes.
Además de la DJ Anual, si en algún mes tus ingresos de 4ta categoría superan el límite mensual exonerado, debes presentar el PDT 616 (Declaración Mensual) y pagar el 8% como pago a cuenta.
Límite mensual 2026 (sin obligación de declarar):
* Monto referencial basado en UIT 2026. Verifica en sunat.gob.pe
Los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios (profesionales, técnicos, consultores) y los trabajadores de empresa que perciben directores' fees. También los que generan ingresos por ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.
El impuesto se calcula sobre la renta neta imponible, que es: (ingresos brutos - 20%) - 7 UIT (S/ 37,450 en 2026). La tasa es progresiva: 8% hasta 5 UIT, 14% de 5 a 20 UIT, 17% de 20 a 35 UIT, 20% de 35 a 45 UIT, y 30% por encima de 45 UIT.
La suspensión de retenciones (Formulario Virtual 1609) permite que tus clientes no te retengan el 8% en tus recibos porque proyectas que no generarás impuesto a la renta ese año. Se solicita en SUNAT Virtual cuando tus ingresos anuales proyectados no superan S/ 46,812.50 (umbral donde la renta neta imponible es cero con UIT 2026 de S/ 5,350).
La Declaración Jurada Anual de Renta del año 2026 se presenta entre marzo y abril de 2027, según el cronograma de vencimientos que publica SUNAT según el último dígito de tu RUC.
Si estás obligado a declarar y no lo haces, SUNAT puede imponerte multas de hasta el 30% del impuesto omitido más intereses moratorios. Además, puedes perder el derecho a devolución si tienes saldo a favor. Es importante presentar la declaración aun si no debes impuesto.
La ley permite una deducción automática del 20% sobre los ingresos brutos (hasta 24 UIT). Adicionalmente, hay una deducción adicional de 7 UIT. No se pueden deducir gastos reales específicos en 4ta categoría, a diferencia de la 3ra categoría (empresas).
Complementa tu planificación financiera como independiente:
Obtén tu impuesto exacto y descubre si puedes pedir suspensión de retenciones
📊 Calcular mi Renta 4ta Categoría