Laboral

Boleta de pago en Perú 2026: ¿es obligatoria? Qué debe contener

8 de mayo de 2026 6 min de lectura

📌 Resumen rápido

Marco legal

La obligación nace del D.S. N° 015-72-TR, modificado por el D.S. N° 009-2011-TR, que regula el contenido mínimo y la entrega oportuna de la boleta de pago. El control lo ejerce SUNAFIL a través de inspecciones laborales.

Contenido mínimo obligatorio

¿Qué hacer si no me entregan la boleta?

  1. Solicítala formalmente por correo a RRHH dejando constancia escrita.
  2. Si no responden, presenta una denuncia en SUNAFIL o llama al 1819.
  3. Acompaña pruebas: contratos, transferencias bancarias, conversaciones.

❓ Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la boleta de pago en Perú?

Sí. El D.S. N° 009-2011-TR establece la obligación del empleador de entregar boleta de pago, sea física o electrónica, a más tardar el tercer día hábil posterior al pago de la remuneración.

¿Qué multa puede recibir mi empleador si no me da boleta?

No entregar boleta es una infracción laboral grave (Art. 25.2 del RLGIT). La multa va de 0.45 a 22.42 UIT (S/ 2,475 a S/ 123,310 en 2026), según el número de trabajadores afectados y la categoría del empleador.

¿La boleta electrónica reemplaza a la física?

Sí. Desde 2017 se permite la entrega por medios electrónicos siempre que el trabajador acepte y se garantice la integridad y trazabilidad del documento. Muchas empresas la entregan por correo electrónico o portales internos de RRHH.